Matrimonio igualitario en España

El matrimonio igualitario en España fue aprobado el 2 de julio del año 2005 por la Ley 13/2005 que modificó la redacción del Código Civil en cuanto a lo que respecta al matrimonio, reconociendo los mismos requisitos y efectos del matrimonio tanto si es entre personas del mismo sexo como si es entre personas de diferente.

Matrimonio igualitario en España

Requisitos para el matrimonio igualitario en España

  • Formulario de solicitud rellenado y firmado por los solicitantes y fotocopia de ésta (la puedes solicitar en el Registro Civil o descargarla vía online).
  • Fotocopia de los dos DNI o tarjeta de residencia . Si hay hijos comunes aportar el libro de familia.
  • Certificado de nacimiento literal expedido por el Registro Civil de la localidad de nacimiento.
  • Certificado de empadronamiento: hay que acreditar la residencia de los dos últimos años de los dos contrayentes. El Registro Civil acepta un Volante de residencia excepto en los casos siguientes que será necesario solicitar un Certificado Histórico de residencia:
    • Si el interesado consta como Baja por traslado a otro municipio (aportara volante del nuevo municipio y Certificado del antiguo si hace menos de 2 años que se trasladó)
    • Si el matrimonio se celebra en el extranjero.
    • Si la fecha de inscripción en el padrón es inferior a 2 años (aportará volante actual y Certificado del antiguo municipio hasta justificar los 2 últimos años)
  • Las personas viudas deberán aportar el certificado de su anterior matrimonio y certificado de defunción del cónyuge.
  • En el caso de divorciados o de matrimonio anulado, deberán  aportar el certificado literal del matrimonio anterior, donde conste la inscripción marginal del divorcio o anulación (no es válida la escritura de divorcio).
  • En caso de menores de entre 14 y 16 años deberán obtener previamente la dispensa del impedimento de prohibición de edad, tramitado en el Registro Civil. Los menores de entre 16 y 18 años deberán obtener la emancipación por concesión de los padres o de los que ostenten la patria potestad. Una vez emancipados, deberán aportar certificación literal de nacimiento con inscripción marginal de emancipación.
  • En el caso de extranjeros, deben presentar los siguientes documentos:
    • Certificado de nacimiento literal, original, actualizado, legalizado, y en su caso, traducido
    • Original y copia de la tarjeta de residencia o del pasaporte
    • Certificado de empadronamiento con reflejo de su domicilio en los dos últimos años; en caso de no haber vivido en España en ese tiempo, se aportará en su lugar, certificado consular con expresión del domicilio y tiempo de residencia que lleva en España
    • Certificado consular acreditativo del Estado Civil
    • Si ha estado casado anteriormente, certificado de matrimonio con nota de divorcio o sentencia de divorcio si el divorcio se ha producido en España o en la UE; si el divorcio se ha producido en un país distinto al de su nacionalidad, que no sea España ni la UE, deberá aportar certificado consular acreditando la validez del divorcio.
    • Toda la documentación deberá venir traducida, en su caso, por traductor jurado, legalizada y apostillada según el país y el convenio firmado.

Cómo se tramita un matrimonio igualitario

  1. Primero debes solicitar el formulario de solicitud, rellenarlo y presentarlo junto a los requisitos anteriormente mencionados en el Registro Civil.
  2. Una vez examinada la documentación presentada, el/la juez/a encargado/a dicta providencia mediante la cual abre expediente matrimonial y señala el día y la hora en que deben comparecer las dos personas interesadas, acompañados por un mayor de edad que los conozca (puede ser familiar o amigo).
  3. La citación se da en el momento. Excepcionalmente en caso de no ser posible, se remitirá por correo al domicilio o a la dirección indicada en la solicitud.
  4. Los contrayentes deberán manifestar bajo declaración jurada su estado civil y el testigo tendrá que testificar sobre la veracidad de los extremos contenidos en el escrito de la solicitud.
  5. Una vez aprobada la solicitud solo queda escoger la fecha de la boda y esperar ese ansiado día.
  6. Después de la celebración se elaborará un acta, que firmarán la persona que haya realizado la ceremonia, los contrayentes y los testigos. Una de las copias del acta se enviará al Registro Civil para inscribir el matrimonio y que los cónyuges puedan obtener el Libro de Familia.

Cuánto cuesta el trámite

El trámite es totalmente gratuito.

¿Cuánto tarda el trámite de un matrimonio igualitario en España?

Generalmente el trámite de un matrimonio igualitario en España suele tardar de 1 a 3 meses, a veces mas a veces menos, todo dependerá de el lugar en donde lo tramites y de que todos los requisitos estén en orden.

¿Quién no puede acceder a un matrimonio igualitario en España?

  • Los menores de edad no emancipados (deben ser mayores de 16 años y vivir independientes de los padres).
  • Los parientes en línea directa por consanguinidad o adopción.
  • Las personas con vínculos matrimoniales.
  • Los colaterales por consanguinidad hasta el tercer grado. El juez de primera instancia podrá dispensar de este impedimento como causa justa y a instancia de parte.
  • Los condenados como autores o cómplices de muerte dolosa del cónyuge.
  • Personas con problemas psiquiátricos. No obstante, si el instructor estima que alguno de los contrayentes está afectado por deficiencias o anomalías psíquicas, obtendrá del médico del Registro Civil o de su sustituto el dictamen facultativo oportuno que declare la aptitud para prestar el consentimiento.

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